{"id":9815,"date":"2019-08-20T13:47:55","date_gmt":"2019-08-20T13:47:55","guid":{"rendered":"https:\/\/www.steinberglawfirm.com\/?p=9815"},"modified":"2019-08-20T13:48:06","modified_gmt":"2019-08-20T13:48:06","slug":"the-fifth-circuit-joins-the-majority-of-circuits-in-holding-the-availability-of-class-arbitration-is-an-issue-to-be-decided-by-the-court-not-an-arbitrator","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/steinberglawfirm-staging.clmcloud.app\/es\/blog\/el-quinto-circuito-se-une-a-la-mayoria-de-los-circuitos-que-sostienen-que-la-disponibilidad-del-arbitraje-de-clase-es-una-cuestion-que-debe-decidir-el-tribunal-y-no-un-arbitro\/","title":{"rendered":"El Quinto Circuito se une a la mayor\u00eda de los circuitos al sostener que la disponibilidad del arbitraje colectivo es una cuesti\u00f3n que debe decidir el tribunal, no un \u00e1rbitro"},"content":{"rendered":"<p>La puerta al arbitraje colectivo, y a las acciones colectivas en general\nse sigue cerrando a cal y canto.  En su <em>20\/20 Communications, Inc. contra Crawford<\/em>\ndecisi\u00f3n emitida a finales de julio de 2019, el Quinto Circuito se uni\u00f3 a seis de los\notros tribunales de circuito federal que sostienen que la disponibilidad del arbitraje de clase\nen virtud de un acuerdo de arbitraje es una cuesti\u00f3n de arbitrabilidad de puerta que debe ser decidida\npor un tribunal y no por un \u00e1rbitro.<a href=\"#_ftn1\">[1]<\/a><\/p>\n\n\n\n<p>La empresa demandada exig\u00eda a sus empleados de ventas que firmaran\nun acuerdo de arbitraje como condici\u00f3n para el empleo.  El acuerdo de arbitraje establec\u00eda que el\n\u00e1rbitro pod\u00eda \"conocer \u00fanicamente de las reclamaciones individuales\" y prohib\u00eda el arbitraje \"como una\nacci\u00f3n colectiva\".  Varios empleados de ventas\nVarios empleados de ventas presentaron reclamaciones de arbitraje y m\u00e1s tarde las enmendaron para hacer valer las reclamaciones colectivas.\nde clase.  El empleador demandado present\u00f3 una\nEl empleador demandado present\u00f3 una acci\u00f3n en el tribunal federal para que se declare que la\nde arbitraje de clase es una cuesti\u00f3n que debe decidir el tribunal.<\/p>\n\n\n\n<p>Mientras la acci\u00f3n del tribunal federal estaba en curso, un \u00e1rbitro\ndictamin\u00f3 que la prohibici\u00f3n del arbitraje colectivo en el acuerdo de arbitraje\nera inaplicable en virtud de una ley federal.\nEl empleador demandado present\u00f3 una segunda acci\u00f3n ante el tribunal federal para anular\nla decisi\u00f3n del \u00e1rbitro sobre la aplicabilidad de la prohibici\u00f3n del arbitraje colectivo.\ny el tribunal de distrito confirm\u00f3 la decisi\u00f3n del \u00e1rbitro.  El tribunal federal que conoci\u00f3 de la solicitud del empleador demandado\nEl tribunal federal que conoci\u00f3 de la solicitud de sentencia declarativa del empleador demandado fall\u00f3 en contra de \u00e9ste y\nque el acuerdo de arbitraje permit\u00eda al \u00e1rbitro decidir la disponibilidad del arbitraje colectivo.\nla disponibilidad del arbitraje colectivo.  El\nEl empleador demandado apel\u00f3 en ambos casos y las apelaciones consolidadas resultaron\nen el Quinto Circuito <em>Crawford<\/em> decisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El Quinto Circuito concluy\u00f3 que la arbitrabilidad de la clase es una\ny que, de acuerdo con el precedente del Tribunal Supremo sobre las cuestiones de\nde la Corte Suprema sobre cuestiones de acceso, la cuesti\u00f3n debe ser decidida por los tribunales a menos que haya \"un lenguaje claro e inequ\u00edvoco en el acuerdo de arbitraje que diga lo contrario\".\nen el acuerdo de arbitraje que diga lo contrario\".  El Quinto Circuito consider\u00f3 que el arbitraje de clase\nde clase porque el arbitraje de clase decide los derechos de las partes ausentes, crea\nde las partes ausentes, crea problemas de proceso, aumenta el tama\u00f1o y la complejidad de la\naumenta el tama\u00f1o y la complejidad de la disputa, \"eleva los costes y reduce la eficiencia del arbitraje\", y\nreduce la privacidad y la confidencialidad del arbitraje.<\/p>\n\n\n\n<p>El Tribunal procedi\u00f3 entonces a determinar si el acuerdo de arbitraje\nacuerdo de arbitraje otorgaba \"clara e inequ\u00edvocamente\" al \u00e1rbitro la facultad de determinar\nla arbitrabilidad de la clase.  La sentencia del Tribunal\nindica que una disposici\u00f3n clara e inequ\u00edvoca que permita al \u00e1rbitro\ndecidir la disponibilidad del arbitraje de clase esencialmente nunca existir\u00e1\nsin una disposici\u00f3n que diga: \"El \u00e1rbitro tiene la facultad de decidir si el\nacuerdo permite el arbitraje de clase\".&nbsp; <\/p>\n\n\n\n<p>El acuerdo de arbitraje en cuesti\u00f3n en <em>Crawford<\/em> se establece que si las partes \"no est\u00e1n de acuerdo sobre cuestiones relativas a\nla formaci\u00f3n y el significado de este Acuerdo, el \u00e1rbitro conocer\u00e1 y\nresolver\u00e1 estas cuestiones de arbitraje\".  El acuerdo\nEl acuerdo tambi\u00e9n establec\u00eda que el \u00e1rbitro utilizar\u00eda las reglas de la American\nde la Asociaci\u00f3n Americana de Arbitraje, que establece que el \u00e1rbitro decidir\u00e1 la\nde clase.  Sin embargo, el Tribunal consider\u00f3 que\nla prohibici\u00f3n del acuerdo sobre el arbitraje de clase era relevante y pesaba en contra de\nque cualquiera de esas disposiciones otorgara al \u00e1rbitro la facultad de decidir\nla arbitrabilidad de la clase.  El hecho de que un\nacuerdo tenga una disposici\u00f3n que aborde la disponibilidad del arbitraje de clase\nparece irrelevante para decidir la disponibilidad del arbitraje de clase, y el\nEl Tribunal se bas\u00f3 en la barra de arbitraje de clase sin ninguna explicaci\u00f3n sobre c\u00f3mo\nde qui\u00e9n decide la arbitrabilidad de la clase.\nEn \u00faltima instancia, el Tribunal concluy\u00f3 que \"ninguna de estas disposiciones habla\nde la cuesti\u00f3n particular de los arbitrajes de clase\", y que la\nque la barra de arbitraje de clase \"por el contrario, proh\u00edbe espec\u00edficamente a los \u00e1rbitros\narbitrar disputas como una acci\u00f3n de clase\", y en consecuencia, las disposiciones \"no\nde forma clara e inequ\u00edvoca\" otorgan al \u00e1rbitro la facultad de decidir sobre la\narbitrabilidad de la clase.<\/p>\n\n\n\n<p>Al igual que las decisiones de los dem\u00e1s circuitos que abordan esta\nla cuesti\u00f3n, la decisi\u00f3n es cuestionable por dos razones principales.<a href=\"#_ftn2\">[2]<\/a>&nbsp; En primer lugar, las razones para concluir que el\nes una cuesti\u00f3n de puerta de enlace son cuestionables.  Los tribunales de circuito se basan repetidamente en los\nsupuestos de hecho en el <em>Crawford <\/em>decisi\u00f3n-el\nderechos de las partes ausentes, el aumento del tama\u00f1o y la complejidad, el aumento de los costes\nde los derechos de las partes ausentes, el aumento del tama\u00f1o y la complejidad, el aumento de los costes, la reducci\u00f3n de la eficiencia y la reducci\u00f3n de la privacidad y la confidencialidad.\nde los derechos de las partes ausentes, el aumento del tama\u00f1o y la complejidad, los costes, la reducci\u00f3n de la eficiencia y la reducci\u00f3n de la privacidad y la confidencialidad.\nde estos elementos y la lente a trav\u00e9s de la cual los tribunales los consideran.  Por ejemplo, \u00bfes correcto afirmar que\nel arbitraje colectivo aumenta el tama\u00f1o y la complejidad de la disputa?  \u00bfEs exacto afirmar que el arbitraje colectivo\n\u00bfes exacto afirmar que el arbitraje colectivo aumenta los costes y reduce la eficacia de la resoluci\u00f3n del litigio?\n Las afirmaciones de que el arbitraje colectivo\naumenta el tama\u00f1o y la complejidad del litigio, es m\u00e1s costoso y reduce la\nla eficiencia, hacen que surja la pregunta: \"\u00bfEn comparaci\u00f3n con qu\u00e9? \"\u00bfEn comparaci\u00f3n con qu\u00e9?\"  Es innegable que el arbitraje colectivo es m\u00e1s complejo\nque el arbitraje individual entre una sola parte y un solo demandado.  Sin embargo, el arbitraje colectivo puede ser\nmenos complejo, menos costoso y m\u00e1s eficiente que decenas o cientos de arbitrajes individuales.\ncientos de arbitrajes individuales.\nDe hecho, esa es una de las razones por las que se cre\u00f3 el dispositivo de las acciones colectivas\nde clase.<\/p>\n\n\n\n<p>En segundo lugar, la presencia de una barra de arbitraje de clase parece\nirrelevante para la cuesti\u00f3n de si un tribunal o un \u00e1rbitro decide la\nla disponibilidad del arbitraje de clase.  La disposici\u00f3n de\nde arbitraje de clase en la <em>Crawford<\/em>\ny, por lo general, las disposiciones que proh\u00edben el arbitraje de clase se limitan a indicar que el\nque el arbitraje de clase no est\u00e1 disponible.  Estas disposiciones de\ndisposiciones no indican qui\u00e9n decide la aplicabilidad y el significado de la\ndisposici\u00f3n.  Una situaci\u00f3n an\u00e1loga que\npuede iluminar la falta de relevancia ser\u00eda si un acuerdo de arbitraje\nestablece que el arbitraje se llevar\u00e1 a cabo en Charleston, South Carolina.  En virtud del <em>Crawford<\/em>\nEl razonamiento de la opini\u00f3n, esa disposici\u00f3n ser\u00eda relevante para que un tribunal o el\n\u00e1rbitro decida si esa disposici\u00f3n es ejecutable y su significado.<a href=\"#_ftn3\">[3]<\/a>&nbsp; Como indica la absurda analog\u00eda, la mera existencia de una\nexistencia de una disposici\u00f3n no influye en qui\u00e9n decide la aplicabilidad y el significado de la misma.\nde la disposici\u00f3n y su significado.<br><\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref1\">[1]<\/a> <em>20\/20 Communications,\nInc. v. Crawford<\/em>, 930 F.3d 715 (5th Cir. 2016).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref2\">[2]<\/a> <em>V\u00e9ase, por ejemplo<\/em>, <em>Del Webb Communities, Inc. contra Carlson<\/em>,\n817 F.3d 867 (4th Cir. 2016); <em>Reed\nElsevier, Inc. contra Crockett<\/em>734 F.3d 594 (6th Cir. 2013); <em>JPay, Inc. contra Kobel<\/em>904 F.3d 923 (11th\nCir. 2018).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref3\">[3]<\/a> Es cierto que la analog\u00eda requiere que la ubicaci\u00f3n del\nde la sede del arbitraje sea de tal importancia que pueda ser una cuesti\u00f3n de entrada, pero\nsuponiendo que sea de tal importancia, la analog\u00eda se mantiene.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La puerta al arbitraje de clase, y a las acciones de clase en general, sigue siendo empujada a cerrarse.  En su decisi\u00f3n 20\/20 Communications, Inc. v. 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